Evaluamos si el hospital o clínica incurrió en una falta de servicio y qué reparación corresponde. Evaluación confidencial y sin costo, en 24 horas.
Papeleo, silencio institucional y la duda de si vale la pena. Público o privado, la institución tiene los registros clínicos y equipos legales dedicados a dilatar el reclamo.
Pero la falta de servicio es reclamable. Nosotros reconstruimos la cronología clínica y determinamos si el caso es viable.
Revisamos su ficha clínica con peritos médicos independientes y determinamos si hubo una desviación de la lex artis —el estándar profesional exigible.
Traducimos el hallazgo clínico a una estrategia legal: mediación ante la Superintendencia de Salud o demanda por vía civil, según convenga a su caso.
Lo acompañamos en todo el proceso, en condiciones de simetría técnica frente a clínicas y hospitales.
Estimamos el daño moral y el lucro cesante que corresponde reclamar. Le decimos con claridad si su caso es viable — sin falsas promesas.
Postergar la revisión permite que la evidencia clínica sea difícil de rastrear y que los testigos pierdan precisión. Peritos independientes, evaluación confidencial y enfoque técnico desde el primer día.
El éxito de una demanda por negligencia médica no depende solo de la ley: depende de probar el error clínico mediante peritos independientes. Cuanto antes se evalúe el caso, más sólida es la reconstrucción de la cronología clínica.
Sí. El Estado responde por falta de servicio cuando la atención estuvo bajo el estándar exigible y causó un daño. En la evaluación determinamos si su caso encaja. Más contexto en este artículo.
También. La clínica responde por los daños causados por una atención deficiente. Definimos quién responde según su caso: profesional, clínica o ambos.
Los plazos de prescripción son acotados y dependen de la vía. Por eso conviene evaluar el caso pronto, mientras la evidencia clínica es rastreable.
Idealmente la ficha clínica y la epicrisis. Si no los tiene, podemos solicitarlos por usted amparados en la Ley 20.584.